Desde el anuncio de la extinción de la Financiera Rural no ha parado la preocupación de los acreditados, sobre qué sucederá con sus cuentas en cartera vencida, a quién y cuándo habrá que pagarle.

En aquellos que pagaron, y presa de la desidia, el desconocimiento o simplemente la falta de recursos para solventar los gastos administrativos y notariales que eso implica, no liberaron en su momento la hipoteca o gravamen que la financiera impuso a sus tierras; les invade la ansiedad por saber si aún pueden desgravar sus bienes.

Otro grupo de afectados resultaron los productores que, con créditos en curso, les fue cerrada la llave de ministraciones de los pagos prometidos, sin que pudieran completar el crédito autorizado afectando seriamente sus siembras y los compromisos pre adquiridos por causas ajenas a su voluntad; al carecer de garantías para pedir nuevos financiamientos, pues hipotecaron a la financiera sus tierras a cambio del préstamo.

También hay pagarés firmados -sin recoger- y facturas de ganado o maquinaria que en su momento la financiera recabó como parte de los requisitos para dar los financiamientos al campo, y establecer garantías prendarias que ahora andan “rodando” por falta de definición de las reglas de la liquidación de la financiera.

En seguimiento legal a los procesos que se anticiparon en el Decreto de Extinción publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 29 de mayo, tenemos la reciente publicación en ese mismo medio oficial de difusión el 23 de junio por la tarde, que se denominó “Bases para la liquidación del organismo público descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero”.

Pero la única novedad es que esas bases carecen aún de lineamientos definitivos y de certeza, para aclarar o dispersar las dudas y la forma de resolver las problemáticas principales planteadas en los hechos por los campesinos que se ven afectados por la desaparición del ente de financiamiento.

El decreto publicado nombra al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (Indep) como Liquidador Único del Gobierno Federal, señala que al entrar en funciones, deberá revocar todos los poderes generales para pleitos y cobranzas, actos de administración y actos de dominio que hubiere otorgado la Financiera extinta con anterioridad.

Contando con un plazo de 30 días naturales para formalizar el acta de entrega recepción, y con 45 días hábiles posteriores al acta para realizar observaciones. Se concede un plazo adicional de 90 días naturales para la elaboración del “plan estratégico de liquidación de la Financiera”.

Ahora sí, ese plan develará el Programa de Atención de Cartera, cartera vencida, y un informe de los procesos de recuperación administrativa y judicial, así como el programa de Enajenación de Bienes.

Finalmente, el decreto confirma que el liquidador concluirá todas las operaciones que se tenían pendientes, excepto todo aquello relacionado con el otorgamiento de los créditos.

Así las cosas, lo cierto de todo esto es que las prevenciones que diera el Barzón a los productores vinculados con la financiera el pasado 7 de junio, siguen vigentes, suspender de manera inmediata los pagos hasta en tanto no se dé a conocer el plan estratégico para la recuperación de cartera, tanto en la vía administrativa como en la vía judicial.

Atender y no descuidar los juicios en donde sean parte demandada, tener a la mano las publicaciones del Diario Oficial de la Federación de 29 de mayo y de 23 de junio de este año, porque se van a ocupar en caso que algún despacho de cobranza pretenda actuar de mala fe o con abuso ante los jueces que tramitan los juicios mercantiles.

Organizar los documentos correspondientes a sus créditos, pues en algunos casos observamos que los afectados carecen de sus contratos o de las escrituras en donde se establecieron las garantías hipotecarias.

En caso de duda, o por cualquier evento que pudiera surgir, obtener con urgencia, un certificado de gravámenes en el Registro Público, relativo a la propiedad que dejaron en garantía para conocer si cuenta o no con el gravamen. Y también la escritura del bien.

Acudir a las oficinas de la financiera que aún se encuentren en operación para revisar el estatus de su crédito. Buscar representación legal en caso de no haber recibido el dinero del crédito tramitado.

Pues mientras llega el plan, hay que estar “armados” con estrategia y respaldo documental, para lo que se ofrezca, pues lo que no se defina ahora en el plan tendrá que dirimirse en los tribunales judiciales.

ww.elbarzonrc.org

elbarzonrc@yahoo.com.mx

@terecarbajal

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