EL BARZÓN DE RESISTENCIA CIVIL

¡ALTO A LA COBRANZA ABUSIVA!

El Barzón de Resistencia Civil del Estado de Veracruz, Alianza por la Dignidad, es un movimiento social de personas que quieren pagar sus deudas bajo los principios de pago justo y defensa adecuada.

Uno de los problemas más frecuentes es el acoso, el estigma y las amenazas cuando bancos o financieras cobran con prácticas fuera de la ley, pues saben bien que intimidar les funciona para que el que debe termine pagando más y, muchas veces, perdiendo su patrimonio sin juicios o demandas legales de por medio.

A quiénes está dirigida:

Personas que tienen alguna deuda y cayeron en impago

Personas que están recibiendo amenazas, cobranza violenta y hostigamiento de despachos de cobranza.

Objetivo:

Frenar los actos de hostigamiento para evitar que las personas en situación de deuda actúen por miedo en contra de su patrimonio.

Conseguir un acuerdo de pago justo a través de una revisión de la cuenta.

Organizar pagos acorde a tu capacidad de pago.

Evitar que tu deuda crezca.

Acciones Inmediatas:

Si te cobran de forma violenta:

Guarda las cartas, mensajes, correos o graba las llamadas telefónicas.
No accedas a firmar reestructuras de deuda o convenios antes de asesorarte.
Acude o comunícate al Barzón de Resistencia Civil del Estado de Veracruz.
 

 

¡ALTO, NO DES CLIC!

En 2023 México reportó más de 20 mil millones de pesos perdidos en fraudes financieros con una gran variedad de modos de operar. Los grupos de la delincuencia que se especializan en robar nuestro dinero se han tecnificado al grado de que tienen una forma de robar para cada tipo de persona.

En la actualidad, pareciera que la única forma de estar exentos de fraudes es no usar celular o no tener ningún servicio financiero. Por ello, el Barzón de Resistencia Civil del Estado de Veracruz inició la campaña ¡Alto, no des clic!

A quién está dirigida.

Cualquier persona que use celular o cualquier dispositivo electrónico, redes sociales o whatsapp.

Compres o no compres en internet.

Uses o no uses aplicaciones bancarias.

Objetivo

Prevenir robo de información

Evitar suplantaciones

Detener los fraudes financieros

Impedir el robo de tus ahorros

Acciones Inmediatas:

Duda de cualquier mensaje, correo o llamada que no esperabas.
Si alguien de tu casa espera paquetería infórmense para que todos estén al tanto.
El banco no te llama ni te pide información por teléfono, correo o mensaje de texto.
En los restaurantes pide el menú físico y evita escanear códigos QR.
No abras ningún enlace desconocido
No brindes ninguna información bancaria o códigos por llamada telefónica.
Evita dar acceso a aplicaciones desconocidas o dudosas.
No ingreses al link de remitentes desconocidos.
Evita hacer transacciones desde redes públicas.

Campaña de Edictos

La principal causa por la que las personas que han sido demandadas por una deuda pierden sus bienes, no es la deuda en sí, sino una mala defensa legal o asesoramiento, y el desconocimiento del problema.

Desde hace 20 años en el Barzón nos dimos a la tarea de buscar una solución para acercarnos a las familias en situación de deuda que han llegado a una etapa crítica como lo es el remate del patrimonio, así nació la Campaña de Edictos.

A quiénes está dirigida:

Personas que adquirieron su casa con hipoteca y cayeron en cartera vencida.

Familias que hipotecaron su vivienda para emprender un negocio.

Personas que buscan pagar lo justo.

Objetivo:

Enviar un aviso a tiempo a personas que están en situación de remate de vivienda, por medio de una carta que explica la situación.

Evitar un desalojo a través de:

A) La negociación justa del pago.
B) La defensa adecuada en tribunales.

Acciones Inmediatas:

Si recibes un edicto:

¡No te asustes!
Evita el error de tomar la carta e ir a asesorarte con tu acreedor.
No desconfíes. Puedes confirmarlo en la publicación del día que se anexa a tu carta en la Gaceta Oficial del Gobierno del Estado.

Esta campaña es posible gracias a las aportaciones voluntarias de la sociedad civil organizada para los costos de periódicos, papel, pegamento, gasto de envío y otros.

DEBO NO NIEGO; PAGO LO JUSTO
No es lo mismo salario, que pensión

A través de una carta abierta dirigida a Zoé Robledo fechada el 26 de septiembre, una médica veracruzana pensionada del IMSS, le solicitaba su intervención para frenar el grave daño económico y de salud que le ocasionan los descuentos ilegales que mes con mes recibe en su pago, a pesar de haber obtenido la suspensión del descuento en dos amparos; y no ajustarse el proceder del Instituto a lo previsto por el artículo 10 de la Ley del Seguro Social.

 

La queja de la jubilada precisaba que dichos descuentos habían llegado a afectar (en un mes) hasta el 60 por ciento de su pensión, y que habían sido manejados por el pagador del instituto como “pensión alimenticia” a favor de acreedores de naturaleza mercantil, sin que ella tuviera alguna obligación de darles alimentos.

 

Mas grave, -decía- resultaba que a pesar de haber obtenido dos amparos, los descuentos no cesaron; por lo que se presentó a las oficinas del instituto en donde acusa, recibió tratos déspotas y groseros. Y de ahí su desesperación, la que solo alguien en igualdad de condiciones podría entender.

 

La carta trajo como primera reacción, una tarjeta informativa dirigida a la opinión pública por parte de la delegación norte del Instituto Mexicano del Seguro Social en Veracruz, en donde al fijar su postura admitió que, a la pensionada, sí se le descuenta de su pensión por motivo de una cobranza mercantil, sin embargo, apunta que su proceder fue en cumplimiento a la orden que le remitiera una autoridad judicial y que ellos no son los encargados de calificar la legalidad de la misma.

 

El caso tiene relevancia social sin duda, por los diversos abordajes que plantea la violencia institucional de que se duele la quejosa, de parte de una institución que tiene encomendada legal (y moralmente) la seguridad social de los trabajadores, derechohabientes y en este caso de los pensionados; personas en edad adulta mayor en condición especial de vulnerabilidad por motivos que sobra explicar.

 

Es decir, desde el punto de vista de la promesa (incondicional) del estado mexicano de erradicar la violencia en contra de las mujeres, o de la revictimización que se le infringe al señalarla como deudora, y acusarla de mentir, cuando en su poder obran los comprobantes del descuento que le fueron expedidos por el propio instituto.

Sin embargo, el enfoque sobre el que conviene analizar la probable arbitrariedad con la que se conduce el Instituto, es desde el punto de vista legal; a fin de proporcionar elementos que puedan orientar a todas aquellas personas que se encuentran en momentos similares de desesperación sobre la justicia y sensatez de sus reclamos.

 

Es verdad que las autoridades administrativas como el IMSS tienen la obligación de acatar los mandatos de autoridad que les dirigen los jueces; sin embargo, el marco de sus atribuciones y facultades se rige a su vez por leyes especiales, que delimitan lo que les está o no permitido hacer, en este caso la Ley del Seguro Social. Dicha ley en su artículo 10, establece que solo en el caso de obligaciones alimenticias a su cargo pueden embargarse por autoridad judicial las pensiones y subsidios de los asegurados y beneficiarios. Lo cual como ella lo dijo, no es el caso de la médica.

 

Por otra parte, el artículo primero de la Constitución General de la República establece que todas las autoridades del país en el marco de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger, y garantizar los derechos humanos, y de ahí la obligación de estas de verificar que su marco legal les permita acatar las órdenes que reciban, debiendo en caso contrario informar a las autoridades judiciales el impedimento legal o material que tienen para hacerlo, cumpliendo así la obligación de proteger los derechos humanos de las personas y en este caso de su derechohabiencia.

 

Resta decir que salario es la denominación que se otorga a la remuneración periódica que recibe una persona como contraprestación por un trabajo realizado, y la pensión presupone una separación del trabajo, que se paga por la actividad que desempeñó el trabajador hasta antes de su jubilación; así, mientras sobre el salario se permite embargar hasta el 30% del excedente del salario mínimo, la pensión está protegida por una ley especial, que lo es la ley del seguro social por lo que de conformidad con el artículo 435 del Código Federal de Procedimientos Civiles es, inembargable, lo cual implica que esta debe pagarse siempre libre de cualquier retención o descuento, con la salvedad de los alimentos.

 

¡Lo que es derecho, no es chipotudo!, Hasta la próxima

 

 

 

Llama al 2281148502

visite www.elbarzonrc.org

Contacte elbarzonrc@yahoo.com.mx,

O sígame en @terecarbajal

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *