EL BARZÓN DE RESISTENCIA CIVIL

¡ALTO A LA COBRANZA ABUSIVA!

El Barzón de Resistencia Civil del Estado de Veracruz, Alianza por la Dignidad, es un movimiento social de personas que quieren pagar sus deudas bajo los principios de pago justo y defensa adecuada.

Uno de los problemas más frecuentes es el acoso, el estigma y las amenazas cuando bancos o financieras cobran con prácticas fuera de la ley, pues saben bien que intimidar les funciona para que el que debe termine pagando más y, muchas veces, perdiendo su patrimonio sin juicios o demandas legales de por medio.

A quiénes está dirigida:

Personas que tienen alguna deuda y cayeron en impago

Personas que están recibiendo amenazas, cobranza violenta y hostigamiento de despachos de cobranza.

Objetivo:

Frenar los actos de hostigamiento para evitar que las personas en situación de deuda actúen por miedo en contra de su patrimonio.

Conseguir un acuerdo de pago justo a través de una revisión de la cuenta.

Organizar pagos acorde a tu capacidad de pago.

Evitar que tu deuda crezca.

Acciones Inmediatas:

Si te cobran de forma violenta:

Guarda las cartas, mensajes, correos o graba las llamadas telefónicas.
No accedas a firmar reestructuras de deuda o convenios antes de asesorarte.
Acude o comunícate al Barzón de Resistencia Civil del Estado de Veracruz.
 

 

¡ALTO, NO DES CLIC!

En 2023 México reportó más de 20 mil millones de pesos perdidos en fraudes financieros con una gran variedad de modos de operar. Los grupos de la delincuencia que se especializan en robar nuestro dinero se han tecnificado al grado de que tienen una forma de robar para cada tipo de persona.

En la actualidad, pareciera que la única forma de estar exentos de fraudes es no usar celular o no tener ningún servicio financiero. Por ello, el Barzón de Resistencia Civil del Estado de Veracruz inició la campaña ¡Alto, no des clic!

A quién está dirigida.

Cualquier persona que use celular o cualquier dispositivo electrónico, redes sociales o whatsapp.

Compres o no compres en internet.

Uses o no uses aplicaciones bancarias.

Objetivo

Prevenir robo de información

Evitar suplantaciones

Detener los fraudes financieros

Impedir el robo de tus ahorros

Acciones Inmediatas:

Duda de cualquier mensaje, correo o llamada que no esperabas.
Si alguien de tu casa espera paquetería infórmense para que todos estén al tanto.
El banco no te llama ni te pide información por teléfono, correo o mensaje de texto.
En los restaurantes pide el menú físico y evita escanear códigos QR.
No abras ningún enlace desconocido
No brindes ninguna información bancaria o códigos por llamada telefónica.
Evita dar acceso a aplicaciones desconocidas o dudosas.
No ingreses al link de remitentes desconocidos.
Evita hacer transacciones desde redes públicas.

Campaña de Edictos

La principal causa por la que las personas que han sido demandadas por una deuda pierden sus bienes, no es la deuda en sí, sino una mala defensa legal o asesoramiento, y el desconocimiento del problema.

Desde hace 20 años en el Barzón nos dimos a la tarea de buscar una solución para acercarnos a las familias en situación de deuda que han llegado a una etapa crítica como lo es el remate del patrimonio, así nació la Campaña de Edictos.

A quiénes está dirigida:

Personas que adquirieron su casa con hipoteca y cayeron en cartera vencida.

Familias que hipotecaron su vivienda para emprender un negocio.

Personas que buscan pagar lo justo.

Objetivo:

Enviar un aviso a tiempo a personas que están en situación de remate de vivienda, por medio de una carta que explica la situación.

Evitar un desalojo a través de:

A) La negociación justa del pago.
B) La defensa adecuada en tribunales.

Acciones Inmediatas:

Si recibes un edicto:

¡No te asustes!
Evita el error de tomar la carta e ir a asesorarte con tu acreedor.
No desconfíes. Puedes confirmarlo en la publicación del día que se anexa a tu carta en la Gaceta Oficial del Gobierno del Estado.

Esta campaña es posible gracias a las aportaciones voluntarias de la sociedad civil organizada para los costos de periódicos, papel, pegamento, gasto de envío y otros.

Se acuerda del caso de Bertha, una enfermera jubilada que tuvo la mala fortuna de entrar en tratos con un préstamo infeliz; ¡pues le tengo muy buenas noticias! Bertha, nombre usado para proteger su verdadera identidad es una mujer en edad adulta mayor y en estado de viudez que fue llevada a tribunales por su prestamista de “cuello blanco”.

Agiotista con oficinas y registro, quien con mentiras intentó confundir a las autoridades para que se decretara en contra de Berthita el embargo del dinero que percibe como prestaciones sociales del seguro, incluyendo su pensión de viudez.

Cuando le platiqué el caso de inicio, le decía que el Barzón buscaría a través de herramientas legales impugnar la determinación judicial para revocar y echar abajo esa orden de embargo que, obtenida con engaños dejaría a Bertha sin comer y sin dinero para sus medicinas.

Por qué hago énfasis en que el acreedor se condujo con engaños, pues porque al momento de pedirle al juez que mandara congelar o retener la totalidad de los fondos de todas aquellas cuentas bancarias que estuvieran a nombre de la acreditada, no le precisó a la autoridad que en una de esas cuentas bancarias le depositaba el seguro su pensión.

Es decir, la medida de retener el dinero depositado en las cuentas existe y es legal y posible, porque sirve para que el acreedor pueda garantizar el cobro de su deuda, si es que llegare a obtener sentencia a su favor.

La ley dice que dicha medida de aseguramiento que se equipara a una “retención de bienes” en dinero, será posible siempre que haya motivos para considerar que el deudor pueda eludir el cumplimiento de sus obligaciones de pago.

Una vez girada la orden, las cuentas bancarias del deudor solo podrán recibir, pero no permitirán el retiro de dinero alguno por parte del titular de la cuenta, hasta en tanto se resuelva el juicio, o sea como dentro de uno o dos años.

Entonces la medida sí era posible de obsequiarse en favor del acreedor que ejerció su derecho de cobro, pero ello con análisis previo de, si en alguna de esas cuentas se le deposita al deudor su salario o peor aún su pensión.

Lo cual fue negado por el demandante, en este caso los del préstamo infeliz, porque de sobra sabían que Berthita con lo único que cuenta, es con su pensión. La cual acorde a la ley que rige al seguro social es inembargable.

Pero lo hicieron como un ‘embargo sorpresa’ o genérico que pondría de rodillas a cualquier deudor, ante el ahorcamiento económico que representa verse privado de su dinero y no cobrar ni un solo peso para poder mantener su subsistencia.

Así las cosas, nuestro recurso fue admitido para ser revisado por el tribunal, dándole el derecho al acreedor de responderlo y de manifestar lo que a sus intereses mejor les conviniera.

Uno de los argumentos que hizo valer nuestro contrario fue el de la “presunción de capacidad” en la demandada, es decir que invocando una tesis aislada de la Corte pidió al juzgador no hacer caso de la edad adulta mayor de la reclamante de la medida de embargo.

Señalando que la edad adulta mayor no conlleva necesariamente el estado de indefensión o vulnerabilidad de las personas, y que la persona acreditada contaba con la capacidad suficiente para responder de la demanda.

También anotó que el salario según criterio de la Corte ya es embargable, aunque en un porcentaje.

Al final hace unos días nos notificaron la determinación judicial de que ¡se cayó el embargo de la pensión jubilatoria de Berthita!, ahora podrá llevar el juicio sí, con una adecuada defensa legal en uso de sus capacidades desde luego, porque eso no se cuestiona, ella está de pie, y hoy mejor que nunca con la dignidad íntegra. Arriba del ring y dando la batalla por su patrimonio.

Llama la atención la diferencia de posturas de las financieras, verdad que no es lo mismo cuando sus víctimas se defienden, indudablemente es diferente cuando los demandados se defienden.

Y más cuando damos con jueces justos que estudian sus casos, que resuelven conforme a derecho a pesar de la excesiva carga de trabajo de sus tribunales; porque solo ellos pueden frenar lo que no han querido hacer los reguladores de servicios financieros.

Con tantos ejemplos y casos, yo creo que de ahora en adelante las financieras deben tener ya la “presunción de mañosidad” en los juicios de cobranza.

www.elbarzonrc.org

elbarzonrc@yahoo.com.mx

@terecarbajal

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